Los recientes casos de amenazas de tiroteos y hechos de violencia en establecimientos educacionales de La Serena y Coquimbo, sumados a lo ocurrido hace algunas semanas en Calama, han encendido las alertas en la comunidad y abierto el debate sobre sus implicancias legales.
En este contexto, el abogado director de Defensores Norte, Carlo Silva, entregó un análisis jurídico respecto a este tipo de conductas, enfatizando su gravedad y las sanciones que contempla la legislación vigente.
Al respecto, Silva señaló:
«Es importante comenzar definiendo qué es una amenaza.
La ley la ha definido como cualquier anuncio de un mal futuro contra una persona determinada, contra un familiar de esta o contra sus bienes.
“Te voy a matar”,
“Voy a hacerle daño a tu madre”, “Voy a quemar este colegio si no cambian mis últimas notas”.
La ley sanciona este tipo de conductas con una pena que puede ir desde 61 días hasta 541 días, es decir, hasta un año y medio de privación de libertad.
Estas amenazas serán sancionadas de manera totalmente independiente de los delitos base que puedan cometerse, ya sea homicidio, lesiones o daños».
Asimismo, el abogado se refirió a la responsabilidad penal en el caso de menores de edad:
«Es importante mencionar, finalmente, que en esta situación los adolescentes responderán conforme a la ley que determina su responsabilidad penal.
Los mayores de 14 años serán responsables y su situación será conocida a través de la fiscalía y el respectivo tribunal de garantía.
Por otra parte, quienes sean menores de 14 años, su conducta será conocida a través del tribunal de familia y mediante procedimientos vinculados a medidas de protección», sentenció.
El análisis pone de relieve la importancia de abordar este tipo de situaciones con seriedad, tanto desde el ámbito educativo como legal, considerando sus consecuencias y el impacto en la convivencia escolar.
